Las licencias laborales son períodos en los cuales un trabajador puede ausentarse temporalmente del trabajo, manteniendo su vínculo laboral y recibiendo beneficios. Estas licencias se otorgan en circunstancias excepcionales y no constituyen una causa de terminación del contrato de trabajo.
En este articulo estaremos hablando sobre la LICENCIA DE MATERNIDAD, la cual está contemplada en el Articulo 236 del Código Sustantivo del Trabajo.
La Licencia de Maternidad, es un descanso remunerado anterior y posteriormente al parto, esta licencia se le otorga a toda trabajadora que se encuentre en estado de embarazo, por un tiempo de 18 semanas en la época de parto, esta licencia será remunerada con el salario que devengue la trabajadora al momento de iniciar su licencia.
El principal objetivo de esta Ley es promover la lactancia materna los primeros meses de vida, además de generar conexión de la madre con el bebé. En casos especiales Si la madre fallece después del parto, el padre debería asumir el tiempo de licencia restante que la madre tiene por Ley y así hacerse cargo de los cuidados especiales de alimentación y cuidados.
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